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Ecce ¿Mono?

Publicado: 2012-09-17

Por: Viana Rodríguez Escobar

Un día te levantas, ves el cielo gris de Lima, abres la web de varios periódicos con el convencimiento de no encontrar nada interesante y aparece Cecilia Giménez y nos hace el día (¡Que digo el día! ¡El mes!).

Abreviando, (porque a estas alturas todos nos sabemos la historia) Cecilia Giménez, feligresa de la parroquia de Borja con debilidad por los pinceles se dio a la tarea de restaurar una obra titulada “Ecce Homo”, pintada en un muro, y que es atribuida a Elías García Martínez. Arrancó por restaurar la ropa para luego animarse a restaurar el rostro de Cristo, con los resultados que todos conocemos.

Entre los ataques de ansiedad de la señora por ser blanco de burlas a nivel mundial, la lavada de manos del cura de la parroquia y la infinidad de memes y juegos surgidos, se asoma la propiedad intelectual.

En lo que se refiere al “Ecce Homo”, es decir, el cuadro de García Martínez, ¿ha sido afectado el derecho a la integridad de la obra?. Por este derecho el autor tiene la facultad de oponerse a toda deformación, modificación, mutilación o alteración de la misma. Aquí analizamos dos cosas:

-       ¿García Martínez no está muerto? ¿Cómo se puede oponer?: Pues porque el derecho de integridad es perpetuo. Si el pintor ya está muerto, se pueden oponer sus herederos. En este caso ha salido una nieta del pintor pidiendo que borren la “restauración” porque “debajo está la cara de Jesús”. Los conflictos religiosos de la nieta del pintor no son de nuestra incumbencia, pero sí el hecho de que se decida a iniciar acciones legales contra doña Cecilia. Sin embargo, para alivio de todos los fans de la “restauradora”, la nieta ha sido clara al precisar que no iniciará ningún tipo de acción legal.

-       ¿Realmente ha habido una deformación, modificación, mutilación o alteración de la obra de García Martínez?:

Si ustedes todavía lo dudan, es momento de un examen completo de la visión.

En lo que se refiere al “Ecce Mono”, es decir, lo creado por doña Cecilia: ¿se puede considerar obra?, ¿genera derechos?:

-       En la legislación peruana se define obra de la siguiente manera: “Toda creación intelectual personal y original, susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma, conocida o por conocerse.” El “Ecce Mono” es suceptible de ser divulgado o reproducido? Es lo que más se ha hecho en este último mes. ¿Es una creación personal? Claro! Doña Cecilia es la creadora. Y, finalmente, ¿es original?. La originalidad es la impronta del autor plasmada en la obra, es decir, su personalidad. Es un concepto muy abstracto y muy polémico. Sin embargo, es claro, al menos para mí que lo creado por doña Cecilia refleja su impronta. Si hasta me la puedo imaginar diciendo: “Uysh, si esto ha quedado todo estropeado, pero con la siguiente pincelada se empareja, (…) una más, (…) quizás si le arreglo los ojitos, (…) la boca es que está como muy recta, (…) mejor dejo eso para después y hago la corona de espinas…”.

-       Por tanto, al ser considerada obra, genera derechos, aún cuando se haya hecho sin el consentimiento del autor de la primera obra y aún cuando haya atropellado su derecho de integridad. Aquí es importante explicar (porque no va a faltar un sabihondo que diga “¡pero si quedo todo hecho puré!”) que el Derecho de Autor no califica la calidad de una obra, tal y como lo explicamos en el post sobre el Cristo del Pacífico.

Finalmente, debo decir que la mayoría de los pobladores de Borja andan muy felices porque ahora llegan turistas para tomarse fotos con la obra de doña Cecilia y definitivamente la actividad turística del pueblo ha mejorado muchísimo, lo que debe aprovecharse sí o sí, ya que quizás en un mes nadie recuerde al “Ecce Mono”, aunque ahora mismo esté, literalmente, en todos lados.


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